¿REGISTRAR MARCA, LEMA, INVENCIÓN, DERECHOS DE AUTOR?
- Karenth Galvis Martínez. Abogada. Magíster en
- 5 feb 2016
- 3 Min. de lectura

Algunas de las dudas más frecuentes, especialmente de personas naturales (individuos sin empresas o sociedad de ningún tipo, es decir, “personas de a pie”), cuando tienen una idea nueva y quieren empezar a comercializarla, es que hacer para proteger su invención, su marca, y en general su creación para asegurarse que nadie más va a aprovecharse de ella, sin que antes haya pactado las condiciones de uso y/o remuneración de la misma con ellos como generadores de dichas iniciativas.
Esto resulta perfectamente normal, pues cada uno de nosotros quiere proteger algo que percibe como su patrimonio, la dificultad surge cuando no se sabe exactamente que es lo que se debe proteger, cómo debe hacerse y que ventajas podría reportarnos hacerlo.
Para empezar hay que mencionar que hay una gran cantidad de elementos, susceptibles de ser protegidos, incluso dentro de una misma categoría. Por ejemplo, dentro de las marcas hay varias posibilidades de registro específico que protege elementos muy diferentes entre sí. Algunos de estos son: 1) Marcas colectivas, que permiten asociar productos o servicios con características comunes. Ejemplo: Todos los productos asociados dentro de la marca “Colombia es pasión”. 2) Marcas de certificación, que permiten garantizar calidad o estándar de un producto o servicio. Ejemplo: Icontec 3) Marcas nominativas. En referencia a la frase usada para identificar un producto, sin ninguna característica adicional. Ejemplo: Davivienda, sin asociación de colores, gráficos o símbolos adicionales. 4) Marcas figurativas: Las cuales sólo incluyen representación gráfica de un signo, sin ninguna característica adicional. Ejemplo: El cocodrilo de Lacoste. 5) Marcas Mixtas. En la cual se combina tanto marca nominativa (frase), como figurativa (gráfico). Ejemplo: Nike y su “chulo” 6) Marcas Tridimensionales: Cuyo símbolo tiene altura, volumen y ancho. Ejemplo: Botella de gatorade 7) Marca sonora: Puede ser un sonido en notas musicales o en expresiones, tal como la famosa expresión de frescura de Coca-Cola: ahhhhhhh!!!!. Todas estas marcas se otorgan por 10 años.
Adicional a lo anterior hay otros elementos susceptibles de ser protegidos, que también deben ser tenidos en cuenta como son: 1) Lema comercial, el cual se usa como frase complemento de la marca. Ejemplo: Carvajal hace las cosas bien; 2) Denominaciones de origen, las cuales permiten determinar la zona geográfica de donde provienen unos productos en particular, lo cual les da una reputación determinada. Ejemplo: Achiras del Huila, 3) Nombre comercial: Nombre para identificar un empresario, empresa o su actividad comercial. Ejemplo: Suramericana 4) Enseña Comercial: Signos que identifican a establecimientos de comercio o locales comerciales. Ejemplo: El tigre de Suramericana.
De otro lado, como título de propiedad temporal para explotar e impedir temporalmente a otros la comercialización de una invención en particular están las patentes, entre ellas encontramos: Patente de invención, la cual se solicita para un producto o procedimiento novedoso originalmente creado 2) Patente de modelo de utilidad, como una renovación a un producto, parte del producto,procedimiento o mecanismo que permita un uso diferente al que antes solía tener, (se otorga por 10 años. 3) Registro de diseño industrial: Para proteger la creación de la apariencia de un producto en particular, sin que con el se haya cambiado su funcionamiento (se otorga por 10 años) 4) Registro de esquema de trazado de circuitos integrados, que protege esta configuración o trazado que pretende ser fabricada (se otorga por 10 años).
Finalmente, en el tema de protección de derechos de autor, puede protegerse obras literarias inéditas o editadas, obras artísticas, musicales o audiovisuales, Software, Actos y Contratos y Fonogramas, cada una con tiempos distintos de protección.
Por todo lo anterior, cuando usted considere que no tiene activos en su haber, o no cuenta con un patrimonio relevante, piénselo dos veces, aquellos aspectos que en su evolución empresarial ha dejado desapercibidos, pueden representar como patrimonio intangible, incluso más, que los bienes muebles o inmuebles que rodean su empresa o su hogar!
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